þ7´¾ ´|||||ŠŠŠŠŠ ” žžžžž ¾¾¾¾REGLAMENTO DE LA SUBASTA CONDICIONES GENERALES 1¼. Siendo una Subasta encaminada a la promoci—n de explotaciones, la presentaci—n de animales a la misma queda reservada a ganader’as a t’tulo individual. 2¼. Siendo una Subasta abierta se podr‡n presentar animales de todas las edades sea cual fuere su estado o sexo. 3¼. Las ganader’as que deseen concurrir con animales a esta Subasta, deber‡n comunicarlo a la Organizaci—n de la misma, por medio de la cŽdula de inscripci—n dispuesta a tal efecto. 4¼. A fin de poder confeccionar el cat‡logo de la Subasta, los ganaderos que presenten animales, estar‡n obligados a presentar, junto con la solicitud de inscripci—n, fotocopia del certificado de registro y carta geneal—gica. 5¼. Los animales deber‡n contar con las suficientes condiciones de presentaci—n y doma que permitan su exhibici—n en el ring de subastas. CONDICIONES SANITARIAS 6¼. Todos los animales a subastar proceder‡n de establos oficialmente saneados, esto es, exentos de tuberculosis, brucelosis y leucosis bovina y en los que no se habr‡ detectado ninguna enfermedad infectocontagiosa de declaraci—n obligatoria en el œltimo a–o. 7¼. Para acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos en el punto anterior, los ganaderos estar‡n obligados a presentar los correspondientes certificados, expedidos por el —rgano oficial competente, que as’ lo acrediten. CONDICIONES GENEALîGICAS 8¼. Es condici—n obligatoria, para ser admitidos a subasta, que los animales presentados estŽn inscritos en el libro geneal—gico de la raza Frisona. 9¼. Los animales admitidos a subasta deber‡n estar inscritos en el Registro Definitivo. CONDICIONES DE TASACIîN 10¼. Se nombrar‡ una comisi—n tŽcnica que, de acuerdo con el propietario de los animales a subastar, acordar‡ un precio m’nimo de venta. 11¼. Si el precio m’nimo de venta exigido por el ganadero es claramente exagerado o cuando un animal presente cualquier tipo de problema, esta comisi—n tŽcnica podr‡ rechazar su inscripci—n en la Subasta. 12¼. Cuando el precio de remate de un animal, sea inferior al m’nimo establecido entre el ganadero y la comisi—n tŽcnica, Žste podr‡ ser retirado por su propietario y no ser adjudicado. CONDICIONES DE ADJUDICACIîN 13¼. Podr‡ ser comprador toda persona f’sica o jur’dica que lo desee. 14¼. Los animales ser‡n adjudicados al comprador que m‡s hubiese pujado por ellos. 15¼. Se subvencionar‡ al comprador del animal por parte de la Organizaci—n de acuerdo con las siguientes tarifas: - de 0 a 10 meses de edad, 10.000 ptas. - de 11 a 18 meses de edad, 20.000 ptas. - de m‡s de 19 meses de edad, 25.000 ptas. 16¼. En caso de que el precio alcanzado por un animal sea inferior al establecido entre el vendedor y la comisi—n tŽcnica (art. 12) Žste tendr‡ la opci—n de rechazar la oferta. 17¼. Todo comprador al que se le adjudique un animal, vendr‡ obligado a hacerse cargo del mismo previo pago de los impuestos correspondientes a la transacci—n. 18¼. S—lo se podr‡ anular una venta en el caso de animales que no cumplan las condiciones de pedigr’ o gestaci—n expuestas pœblicamente durante la Subasta. 19¼. Si algœn comprador o vendedor infringe el presente reglamento, se le exigir‡n da–os y perjuicio que legalmente hubiere lugar. xÅ‚hƒÅ„Å12Îbz{e~€nˆ‰  š · ¸ þ´üùöóðíêçäáÞÛØÕÒÏÌ€€€€€€12Î?õ×abcz{def€mnoˆ‰  ß ™ š › · ¸ þ Q Ã ï  C ô ”0´úõðëæáÛÛ +3TítuloSangría de t. independiente Document Map$ Þ ´´´´ AÆ.‚¥Ü¥¥ÄB